Maneras dignas de morir

Muerte / dossier / Octubre de 2023

María de Jesús Medina Arellano, José Isaac González Huerta

El desarrollo de la tecnología médica ha permitido alargar la vida y modificar las circunstancias y el momento de la muerte. Sin embargo, también ha provocado que la vida se prolongue de manera innecesaria y en perjuicio del bienestar de las personas. Morir con dignidad es un derecho reconocido por la Constitución Política de la Ciudad de México en 2017. En pos de la búsqueda de una muerte digna, hay prácticas y legislaciones que buscan regresarle a la persona la agencia para determinar cómo encarar el final de su vida.


GLOSARIO


Cuidados Paliativos: En oposición al tratamiento curativo, estos cuidados solamente se enfocan en el confort del paciente. Entre ellos está el control del dolor y de otros síntomas, así como la atención de aspectos psicológicos, sociales y espirituales.
Distanasia: La prolongación innecesaria del sufrimiento y de la vida de un paciente mediante tratamientos o acciones que no toman en cuenta el bienestar de la persona.
Enfermedad terminal: El padecimiento reconocido, irreversible, progresivo e incurable que se encuentra en estado avanzado y cuyo pronóstico de vida para el paciente es menor a 6 meses. Hay quienes señalan que no es conveniente establecer un criterio de temporalidad, sino que la determinación del estado terminal debe sustentarse en el carácter irreversible y progresivo del padecimiento que llevará a la muerte, no importa que esto ocurra en tres o doce meses.
Eutanasia: La finalización intencional de la vida de un paciente por parte de un médico, a condición de que lo solicite el interesado. La eutanasia no voluntaria es aquella en la que el paciente está imposibilitado para hacer la petición, pero la hace algún familiar o un representante legal facultado para ello.
Futilidad terapéutica u Obstinación terapéutica: La búsqueda de un resultado clínico absolutamente improbable, a costa de tratamientos descontextualizados, excesivos (en términos de esfuerzo y finanzas) y sin posibilidades de mejoría para la vida del paciente.
Muerte digna: Renunciar, abandonar o negarse en cualquier momento a recibir —o continuar— con un tratamiento que se considere extraordinario, es decir: cualquier terapia de soporte vital cuando no hay esperanza de reversibilidad. Ejemplos de estas terapias serían la ventilación mecánica (respiradores), la reanimación cardiopulmonar, la diálisis (reemplazo renal), los fármacos vasoactivos (medicamentos para elevar la tensión arterial), la nutrición por vía no oral e incluso la hidratación.
Muerte Asistida: La muerte que se da sin la necesaria intervención de un médico y/o profesional sanitario. Se refiere a la ayuda altruista que brinda una persona a otra que se lo pide, proporcionándole los medios para terminar con su vida de manera voluntaria, ya sea porque vive un sufrimiento intolerable o bien por cansancio vital.
Ortotanasia: Permitir que la muerte ocurra en su tiempo, cuando debe ocurrir, suministrando únicamente cuidados y tratamientos que alivien el sufrimiento.
Sedación Paliativa: La administración de fármacos en las dosis y combinaciones requeridas para reducir la consciencia de un paciente con enfermedad en etapa terminal para aliviar la presencia de uno o más síntomas refractarios y con el previo consentimiento del enfermo o su familia.
Voluntad anticipada: El derecho a elegir o rechazar por anticipado los tratamientos o procedimientos médicos que se aplicarían en el caso de tener el diagnóstico de una enfermedad en etapa avanzada y/o terminal.
Actualmente son un puñado de países en el mundo los que cuentan con legislación que regula la muerte asistida, la eutanasia y las disposiciones de voluntad anticipada. Estos son unos de ellos.
Suiza: Es el único en el mundo donde la muerte asistida es una opción tanto para sus residentes como para personas extranjeras que decidan acudir a él buscando ayuda para morir.
Holanda: Fue pionera en la legalización de la eutanasia en 2002, dos meses antes que su vecino, Bélgica. El paciente debe residir en el país y solicitar voluntariamente el procedimiento. Los padecimientos deben ser intolerables, no tener prospecto de cura.
Colombia: La eutanasia se despenalizó en 1997 y el país ha seguido progresando en términos de muerte digna. En 2022, la Corte despenalizó la muerte médicamente asistida. Los solicitantes deben ser mayores de edad, padecer una enfermedad terminal (aunque recientemente hay jurisprudencia que levanta esta limitante), y sus solicitudes deben ser revisadas por comités médicos independientes.
Estados Unidos: En la actualidad la eutanasia está penalizada y la muerte asistida es legal solo en algunos estados, entre ellos Oregon y California.
México: En el país, la Ciudad de México fue la primera entidad en adoptar la Ley de Voluntad Anticipada, en 2008, que también está garantizada por la Ley General de Salud.
Canadá: La asistencia médica para morir está disponible en todo el país desde 2016. Existen dos métodos legislados: la muerte médicamente asistida y la muerte asistida. En ambos casos, sin embargo, está involucrado el personal médico. Las personas elegibles deben estar conscientes, ser mayores de edad y capaces de tomar decisiones; además de padecer una condición médica seria, incapacitante e irreversible, aunque no necesariamente terminal.
España: La muerte asistida está disponible en todo el país. Los requisitos no varían mucho con relación a los establecidos en otros países europeos como Bélgica y Holanda.

LA VOLUNTAD ANTICIPADA EN MÉXICO


En México no es legal la muerte médicamente asistida, ni la eutanasia. Sin embargo tenemos el recurso de la Ley de Voluntad Anticipada en catorce Estados (de treinta y dos). El primer Estado en aprobarla fue la Ciudad de México.
La voluntad anticipada especifica la renuncia o la aceptación de ciertos tratamientos y procedimientos médicos llegado el momento de la cercanía con la muerte. Para hacerla explícita hay que cumplir estos requisitos en la Ciudad de México:
Ser mayor de edad.
Estar en pleno uso de sus facultades mentales.
Acudir ante un notario público.
Elegir un representante y un representante sustituto.
Firmar ante dos testigos.
Presentar la identificación oficial vigente del solicitante, los representantes y testigos.
Cubrir el costo.
Al hacerlo, podrás decidir lo siguiente:
Si quieres que, en caso de que tu corazón deje de latir, hagan algo para que vuelva a latir.
Si quieres tener un tubo en la boca y la tráquea conectado a una máquina que haga que tus pulmones respiren.
Si quieres tener un tubo en la boca o en la nariz por donde te puedan alimentar o dar de beber.
Si quieres que te seden, con una probable pérdida de la plena consciencia, para no tener dolor en caso de que los médicos no puedan controlar tus síntomas con otros tratamientos.

Todas las imágenes son de Krystal Mejía